Y no es que lo digamos nosotros, lo dicen los hechos y el Tribunal Supremo lo ratifica (en sentencia de 3 de marzo de 2015), por mucho que ahora viertan declaraciones inciertas y apresuradas con un claro halo electoral. Sí, nos referimos a las últimas declaraciones que la Junta de Andalucía ha difundido a través de
un medio de comunicación local en la que aseguraba que no se trataba de tasas ilegales, sino que se debía a un defecto de forma, reparado con la aprobación del decreto ley del pasado mes de diciembre que misteriosamente recogía una memoria económica que exigía el Supremo. Y decimos misteriosamente, porque algo de etéreo sí que tiene el asunto, ya que la citada memoria nunca ha existido… Insistimos, el Decreto-Ley 14/2014 es
“una burla a todos los andaluces” y a nuestro ordenamiento jurídico.
LA JUNTA DE ANDALUCIA LEJOS DE CUMPLIR CON LA LEY SE RESISTE A DEVOLVER LO ILEGALMENTE COBRADO A LOS ANDALUCES Resistencia que cada día se hace más pesada para nuestra Administración. Y es que recientemente, y para satisfacción del sector, varios de nuestros puertos asociados están recibiendo sentencias que declaran con rotundidad la nulidad del decreto 371/2004 aprobado y puesto en funcionamiento por la Junta de Andalucía.
El Tribunal Supremo en sentencia de 3 de marzo de 2015 con número 3127/2012 afirma que:
“declarar nulo el Decreto 3471/2004, de 1 de junio (…) así como las determinaciones que a ella se anudan, y los posteriores actos de concreción y aplicación”. Lo que viene a decir que son nulas todas las facturas que han girado a los usuarios de los puertos de la Junta de Andalucía que gestiona la Agencia Pública Puertos de Andalucía (APPA).
Por su parte, los compañeros del Puerto Deportivo de Aguadulce nos trasladan lo siguiente:
“Mediante sentencia de fecha 16-3-2015, el TSJA ha anulado la orden de revisión del canon del puerto deportivo de Aguadulce que realizó la Junta de Andalucía en el año 2006, incrementándolo más de un dos mil quinientos por ciento.
Sin causa alguna que lo justificara, en el año 2006 la Consejería de Fomento de la Junta de Andalucía aprobó una mal llamada "revisión" del canon del Puerto Deportivo de Aguadulce, con el pretexto de que dicho canon era una tasa por ocupar y explotar un puerto de la Junta de Andalucía, y por ello tenía que ser compensada por lo invertido en la construcción y mantenimiento del Puerto Deportivo Aguadulce. La excusa alegada por la Consejería es una falsedad, pues el Puerto Deportivo Aguadulce fue construido y pagado en su integridad por la empresa que lo explota, sin que haya supuesto nunca ningún gasto para la Junta de Andalucía.
La empresa concesionaria que explota el puerto deportivo ha estado soportando el canon durante estos ocho años sin repercutirlo a los usuarios ni clientes, luchando en los Tribunales contra la injusticia de que era objeto, hasta que finalmente el TSJA (Sala de Granada) le ha dado la razón anulando la Orden que impuso la disparatada revisión al alza del canon de la concesión.”
Como veis, estas sentencias son un nuevo varapalo del Poder Judicial a la política de la Junta de Andalucía de acoso y ataque contra el sector náutico y turístico; áreas que la Junta de Andalucía está empecinada en destruir, parece ser que juega a
“hundir la flota”…
Marinas de Andalucía