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Incremento de la tasa de ayudas a la navegación 2.014 (T0)

Incremento de la tasa de ayudas a la navegación 2.014 (T0)
La tasa de ayudas a la navegación (T0) es aquella que se cobra a los propietarios del buque o embarcación, los navieros, y los capitanes o patrones del buque o embarcación por la utilización del “servicio de señalización marítima”, siendo sujetos pasivos sustitutos de los contribuyentes los concesionarios en puertos, dársenas, muelles, pantalanes y otras instalaciones náutico-deportivas otorgadas en concesión.

El servicio de señalización marítima, gestionado por los organismos portuarios, tiene como objeto la instalación, mantenimiento, control e inspección de dispositivos visuales, acústicos, electrónicos o radioeléctricos, activos o pasivos, destinados a mejorar la seguridad de la navegación y los movimientos de los buques en el mar litoral español, y, en su caso, confirmar la posición de los buques en navegación.
Por disposición del Real Decreto-ley 1/2014, de 24 de enero de reforma en materia de infraestructuras y transporte, y otras medidas económicas, se incorpora como hecho imponible de la tasa de ayudas a la navegación (T0) el “servicio de control y ayuda del tráfico marítimo costero que corresponde prestar a la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima”.

Sorpresa mayúscula ha causado en el sector náutico deportivo el Real Decreto ley 1/2014 por el que prácticamente se duplica la T0 tasa de ayudas a la navegación, cuando desde el Ministerio de Fomento se propugna repetidamente la rebaja de las tasas para mejorar la competitividad.

Según el Real Decreto-ley 1/2014, más de un 95% del total de los costes de SASEMAR, son sufragados por los Presupuestos Generales del Estado, mientras que la comunidad marítima (navegación comercial, deportiva, recreativa, pesquera, etc.) sólo contribuye mínimamente a la financiación de la estructura y de las operaciones de SASEMAR, a pesar de que es su actividad la que determina la necesidad de disponer de estos medios.

Omite la exposición de motivos del Real Decreto-ley que los servicios de SASEMAR se cobran de acuerdo con la reciente Orden del Ministerio de fomento FOM/1634/2013, de 30 de agosto, por la que se aprueban las tarifas por los servicios prestados por la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima publicada en el BOE de 12 de septiembre de 2013.

El Real Decreto-ley 1/2014 distingue entre la cuantía básica correspondiente al servicio de ayudas a la navegación prestado por las Autoridades Portuarias y la cuantía básica correspondiente al servicio de ayudas a la navegación prestado por la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima; y especifica la fórmula de reparto.

En la práctica, para las embarcaciones deportivas y de recreo, la discutida T0 en 2 años pasa de 4 a 9,12 euros por m2 de embarcación por año para las embarcaciones deportivas a motor superiores a 9 metros y a propulsión a vela superiores a 12 metros. El incremento igualmente afecta a las embarcaciones de recreo o deportivas de eslora no superior a nueve metros si su propulsión es el motor, que tendrán que abonar en una sola vez y validez indefinida lo que en la práctica son 22,80 euros por m2 de embarcación (eslora por manga). En el 2012 la T0 era de 10 Euros/m2.

Las embarcaciones de vela no superiores a 12 metros continúan exentas del pago de las tasa de ayudas a la navegación, en base al artículo 171 TRLPSMM. El difícil sistema de cobro de la T0 a las embarcaciones deportivas y de recreo que no tienen base en puerto español se mantiene.

Para facilitar la adaptación del cobro, por Real Decreto, quedan sin efecto los acuerdos y convenios celebrados entre las autoridades portuarias y los concesionarios de instalaciones nautico deportivas que tengan por objeto la determinación de la T0 en régimen de estimación simplificada, que deberán ser objeto de revisión.

El golpe al sector ya está dado. Por un lado el Parlamento propone rebajas de tasas vía Ley de Presupuestos Generales del Estado, y de otro, el Gobierno, un mes después y por Real Decreto Ley reforma las existentes y las incrementa. Parecen medidas contradictorias.

Desde la Federación Española de Puertos Deportivos y Turísticos (FEAPDT) se está aunando esfuerzos para conseguir la eliminación de esta nueva presión fiscal por Real Decreto y evitar que se perjudique aún más a la náutica, sector que está inmerso en una profunda crisis.

Jaume Prats, BA, Barcelona Abogados

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