El Supremo anula el decreto de la Consejería de Obras Públicas por considerarlo “fuente de inseguridad jurídica e ilegal”.
Con la sentencia se extiende automáticamente la ilegalidad a todas los cobros de canon que ha hecho la Agencia Pública de Puertos de Andalucía desde el año 2006.
Málaga, 31 de julio de 2014. El Tribunal Supremo anula el Decreto 371/2004 de 1 de junio la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Andalucía por el que se aprobaba la subida de cánones de los puertos deportivos de gestión indirecta de la comunidad. En sentencia notificada con fecha de 28 de julio, el Supremo toma esta decisión al considerar el decreto “fuente de inseguridad jurídica e ilegal”.
Durante el 2006-2007, período en que Concepción Gutiérrez estaba al frente de la Consejería, las instalaciones náuticas asociadas a Marinas de Andalucía experimentaron una arbitraria y desorbitada subida de cánones, que en muchos de los casos se tradujeron en incrementos de un 500%. Tras años de litigios y denuncias por gestión abusiva de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, Marinas de Andalucía recibe con satisfacción la noticia al considerar una medida que ponía en peligro la viabilidad de los puertos deportivos andaluces. “Denunciamos la ilegal actuación de la APPA al amparo del Decreto, el cual se llevó a cabo sin cumplir la exigencia legal de elaborar una memoria económico financiera que justificara debidamente todos los conceptos y aspectos que inciden en la cuantía de las tasas a cobrar, memoria que constituye la única garantía del contribuyente para evitar su indefensión ante la arbitrariedad de la Administración”.
Según la Asociación, que publica más datos en su blog pinche aquí, la Administración de Puertos de la Junta de Andalucía no ha pretendido cumplir la ley y buscar el equilibrio entre coste y servicio que exige el art. 8 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas de Andalucía, sino obtener la mayor recaudación. “Como la Junta de Andalucía no presta ningún servicio, ni tiene ningún coste por causa de los puertos deportivos que les fueron transferidos, ya que fueron construidos y pagados con fondos privados, no tenía ningún gasto que incluir en la Memoria y no la confeccionó, lo que no le impidió aprobar el Decreto para incrementar los cánones concesionales de los puertos”.
A través de esta sentencia, se extiende automáticamente la ilegalidad a todas los cobros de canon que ha hecho la Agencia Pública de Puertos de Andalucía desde el año 2006. Así lo manifiesta la patronal de puertos deportivos.
La Asociación de Puertos Deportivos y Turísticos de Andalucía ‘Marinas de Andalucía’ representa al 90% de los puertos privados andaluces y a más del 70% de todos los atraques.