Mi entrada de hoy es un poco más burocrática, pero necesaria a la hora de poder salir a navegar, puesto que sin ellos, las titulaciones y documentos exigidos, nos podemos buscar algún que otro problema.
Uno de los primeros documentos que debemos llevar es la licencia federativa: "Haber cumplido dieciocho años de edad. Los menores de edad que hayan cumplido dieciséis años podrán, no obstante, presentarse a los exámenes y obtener la correspondiente licencia, siempre que acrediten el consentimiento de sus padres o tutores".
No olvidar llevar a bordo nuestras titulaciones: Patrón de Yate, Capitán de Yate o patrón de embarcaciones de recreo. O bien Patrón de Moto Náutica A, B o C.
Existe la posibilidad de que no necesitar titulaciones, en los casos de embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,03 kW y de hasta 4 metros de eslora, las de vela de hasta 5 metros de eslora y los artefactos flotantes o de playa.
Para más información, no dejen de visitar la web de
Salvamento Marítimo.
Buena travesía.
Juan de Alborán.