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Satisfacción en Marinas de Andalucía: anulado decreto de 2004 que autorizaba la subida de cánones de los puertos deportivos

Satisfacción en Marinas de Andalucía: anulado decreto de 2004 que autorizaba la subida de cánones de los puertos deportivos
En sentencia notificada en el día de ayer, el Tribunal Supremo ha anulado el Decreto 371/2004 de 1 de junio de la consejera Doña Concepción Gutierrez al considerarlo fuente de inseguridad jurídica e ilegal. Este Decreto es el que ha utilizado la Junta de Andalucía para dar cobertura "legal" a las arbitrarias modificaciones de los cánones de los puertos deportivos que realizó dicha consejera en los años 2006 y 2007, auspiciadas por la Agencia Pública de Puertos de Andalucía.

Marinas de Andalucía denuncia la ilegal actuación de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía al amparo del Decreto, que ha sido anulado ahora por el Tribunal Supremo, ya que dicha actuación se elaboró sin cumplir la exigencia legal de elaborar una memoria económico financiera que justificara debidamente todos los conceptos y aspectos que inciden en la cuantía de las tasas a cobrar, memoria que constituye la única garantía del contribuyente para evitar su indefensión ante la arbitrariedad de la administración.

La administración de puertos de la Junta de Andalucía no ha pretendido cumplir la ley y buscar el equilibrio entre coste y servicio, que exige el art. 8 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas de Andalucía, sino simple y llanamente obtener la mayor recaudación, prescindiendo del coste del inexistente “servicio”.

Como la Junta de Andalucía no presta ningún servicio, ni tiene ningún coste por causa de los puertos deportivos que les fueron transferidos, ya que fueron construidos y pagados con fondos privados, no tenía ningún gasto que incluir en la memoria y no la confeccionó, lo que no le impidió aprobar el Decreto para incrementar los cánones concesionales de los puertos una media del 500%, a sabiendas que ponía en peligro la viabilidad de muchos puertos deportivos y los puestos de trabajo correspondientes.

Ahora bien en un Estado en cuya Constitución se consagra la justicia como valor superior del ordenamiento jurídico, el ilegal Decreto 371/2004 tenía los días contados, habiendo sido declarado ilegal y nulo por el Tribunal Supremo, y se extiende automáticamente la ilegalidad a todas los cobros de canon que ha hecho la Agencia Pública de Puertos de Andalucía desde el año 2006.

Los asociados podrán disponer de la sentencia, en el siguiente enlace: www.marinasdeandalucia.com. En la carpeta 'Sentencias' dentro de 'Documentos de interés'.


Marinas de Andalucía.

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