La Comisión Nacional de la Competencia considera claramente que existe competencia desleal de la EPPA/APPA en las costas de Cádiz y Huelva; haciendo algunas salvedades en la costa mediterránea.
Y pese a archivar el expediente, avisa de la gravedad de la situación y que esta circunstancia debe ser vigilada por la Administración para no distorsionar la libre competencia y el mercado:
"No obstante, este Consejo considera que la ampliación de funciones de la EPPA en 2001, y su paso a Agencia de Puertos Públicos de Andalucía (APPA), la configura como una entidad con funciones regulatorias y a la vez de operador económico en el mismo mercado que regula. En estas circunstancias, este Consejo considera que. con carácter general, la confluencia en !a misma institución, de funciones regulatorias sobre entidades que son a la vez competidoras suyas en el mercado de servicios portuarios deportivos, podria generar graves distorsiones a la competencia en ese mercado. Y ello tanto por los problemas de información asimétrica que estructuralmente se producen, como por la posible distorsión a los incentivos en la regulación y en su aplicación que pueden generarse como consecuencia de mezclar funciones tan distintas como son las regulatorias y las de gestión empresarial.
"De igual modo, la labor supervisora de la APPA, de cumplimiento de las condiciones concesionales, le otorga una información al regulador que si bien es necesaria para vigilar dicho cumplimiento, resulta ser también información sensible para cualquier competidor, que puede aún sin pretenderlo acabar distorsionando las condiciones de competencia en el mercado. En este mercado nos encontramos con que un operador en el mercado tiene, la APPA, información sensible de sus competidores, pero no a la inversa. De nuevo, se trata de un riesgo potencial de alteración de las condiciones de competencia que deberia ser revisado por la autoridad competente, en este caso la Autoridad de Defensa de la Competencia de Andalucia, en orden a elevar, si procediese, las modificaciones pertinentes que impidan ese riesgo."
La resolución de la Comisión Nacional de la Competencia está disponible en la zona de Descargas, dentro del apartado Tribunal de la Competencia.
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