El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales dos artículos de la ley de puertos de Andalucía en los que se facultaba a la Junta a dar luz ver verde a usos hoteleros en el dominio portuario. Lo publica el Diario de Sevilla.
"El Gobierno autonómico no está facultado para autorizar usos hoteleros hoteleros en los puertos de la comunidad. La ley de puertos de Andalucía, que fue aprobada en 2007, transgrede en algunos de sus puntos la Carta Magna, según la estimación parcial que ha hecho el Tribunal Constitucional (TC) del recurso presentado contra esa norma por el Gobierno central. En concreto, el TC ha declarado inconstitucionales dos de los artículos de la ley autonómica, en los que se faculta a la Junta a dar luz verde a usos hoteleros en el dominio portuario…".