El Real Decreto sobre las titulaciones náuticas que entró en vigor (en su totalidad) el pasado mes de enero de 2015 ha experimentado un avance en cuanto a que se impulsa ahora el proceso legislativo de la norma cuyo texto se remitirá de forma inminente, por parte de la Administración, a los agentes sociales, según informan desde la Asociación Nacional de Empresas Náuticas, ANEN. Asimismo, se impulsa también el borrador de modificación de la Orden Fom 1144/2003 relacionada con elementos de seguridad.
Entre las principales consideraciones de la futura normativa, se contempla la posibilidad de otorgar atribuciones a los Patrones de Embarcaciones de Recreo, Patrones de Yate y Capitanes de Yate para prestar determinados servicios remunerados. Estos servicios son: el transporte de personas y mercancías efectuado mediante embarcaciones de recreo con destino a otras embarcaciones o buques de recreo; la realización de excursiones turísticas y la práctica de la pesca de recreo; realizar actividades de atraque, fondeo o desplazamiento de embarcaciones de recreo dentro de las aguas correspondientes a puertos, puertos deportivos o marinas; realizar pruebas de mar a bordo de embarcaciones de recreo y motos náuticas; el gobierno de embarcaciones destinadas al socorrismo en playas y prestar servicios de tripulación en embarcaciones.
Para optar a las habilitaciones indicadas, los titulados náuticos exclusivamente deberán efectuar el curso de Formación básica de seguridad para gente de mar por la DGMM.
Una vez obtenido dicho curso, los titulados náuticos estarán facultados para llevar a cabo las actividades de prestación de servicio indicadas, aunque habrá algunas limitaciones.
Por otra parte, también se pretende actualizar las medidas de seguridad en la utilización de motos de agua.